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Requisitos para acceder a una vivienda protegida

En toda España se repiten cinco requisitos: ingresos por debajo del límite de tu comunidad, no tener otra vivienda en propiedad, residencia o empadronamiento, inscripción en el registro de demandantes y destinar la vivienda a residencia habitual. Los números exactos los fija cada comunidad autónoma.

1.Ingresos máximos (y a veces mínimos)

El tope se expresa como múltiplos del IPREM estatal (8.400 € al año en 2026) o del IRSC en Catalunya, y depende del régimen de la vivienda y del tamaño de tu unidad de convivencia. Según comunidad y régimen, el rango va de 2,5 a 7,5 veces; algunas comunidades exigen además un ingreso mínimo para acreditar que podrás pagar.

2.No tener otra vivienda

La regla general es no ser titular de otra vivienda en propiedad. Hay excepciones tasadas según la comunidad — por ejemplo, viviendas inadecuadas para la familia o no disponibles tras un divorcio. Si tu caso roza una excepción, revisa la convocatoria concreta antes de descartarte.

3.Residencia o empadronamiento

Muchas comunidades y municipios piden empadronamiento, y algunas convocatorias exigen una antigüedad mínima de residencia para priorizar el arraigo. Es uno de los requisitos que más varía: compruébalo siempre en las bases de cada convocatoria.

4.Inscripción en el registro de demandantes

Sin inscripción previa no puedes participar en la mayoría de convocatorias y sorteos. Es gratuita, caduca (en Catalunya, a los 2 años) y conviene hacerla cuanto antes: algunas convocatorias puntúan o exigen antigüedad.

5.Vivienda habitual y permanente

La vivienda protegida debe ser tu residencia habitual: no puede ser segunda residencia ni alquilarse libremente mientras dure la protección, y su venta posterior tiene precio máximo legal.

¿Cumples? Compruébalo con tus números

Hemos verificado los límites oficiales de 14 comunidades autónomas. Responde unas preguntas y te decimos si encajas en el régimen general, especial o concertado de tu comunidad — gratis y sin registrarte.

Los números exactos, por comunidad

Cada comunidad fija sus propios múltiplos y reglas. Estas son las comunidades cuyos límites hemos verificado en su normativa oficial:

Preguntas frecuentes

¿Los requisitos son iguales en toda España?

No. El esquema se repite (ingresos, no tener vivienda, registro, residencia), pero cada comunidad fija sus múltiplos, excepciones y prioridades. Por eso el mismo sueldo puede quedar dentro del límite en una comunidad y fuera en la vecina.

¿Qué pasa si supero el límite de ingresos?

Quedas fuera de ese régimen, pero no necesariamente de todos: los regímenes concertado o de precio limitado admiten ingresos más altos en varias comunidades. Comprueba tu caso por régimen antes de descartarte.

¿Necesito ahorros para optar a una VPO?

Para el registro o el sorteo, no. Para comprar, normalmente sí: la hipoteca no suele cubrir el 100% y hay gastos e impuestos. El aval estatal ICO puede cubrir hasta el 20-25% para menores de 36 años y familias con menores a cargo, reduciendo el ahorro inicial necesario.

¿Caduca la inscripción o los requisitos?

Sí: la inscripción en el registro caduca (en Catalunya, a los 2 años; en el registro de Barcelona, a los 3) y los requisitos se comprueban de nuevo en cada adjudicación. Mantén tus datos al día y renueva a tiempo para no perder antigüedad.

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Resultado orientativo — no es una resolución oficial.