35 viviendas · Alquiler protegido · Régimen general · Es Castell
35 viviendas protegidas en alquiler en Es Castell
Abierta · por registroEl registro lo anuncia así
35 habitatges de lloguer a Es Castell (procés d'adjudicació IBAVI)
- Qué es
- Alquiler protegido
- Alquilas a un precio limitado por la administración. No compras.
- Alquiler al mes
- No publicado
- Lo fija la convocatoria oficial
- Viviendas
- 35
- Solicitudes hasta
- 15 de octubre de 2026
- a las 01:59 · quedan 15 días
- Cómo se adjudica
- Baremo (puntos)
- Se asignan según una puntuación (baremo) por tu situación.
Comprobado el 30 sept 2026 · IBAVI Illes Balears: processos d'adjudicació d'habitatges de lloguerCómo lo sabemos
- Por qué parece vigente
- El proceso sigue abierto: se adjudica desde el registro de demandantes, no por orden de llegada.
- Qué puede cambiar
- Los datos pueden quedar desactualizados entre comprobaciones.
¿Puedo optar?
Lo que pide esta convocatoria. Cumplirlo te permite participar; la vivienda se adjudica después.
- Inscripción vigente en el registro de solicitantes
- No tener otra vivienda en propiedad (con excepciones)
Ingresos máximos por tamaño del hogar
- Cualquier tamaño de hogar
- 54.600 €
Orientativo, según los límites de ingresos de Illes Balears. La administración emite la resolución oficial. Cuentan los ingresos de la última declaración de la renta presentada, no la nómina de hoy.
No publican el precio
La convocatoria no dice la renta. El tope legal en Es Castell es de 8,78 € por metro cuadrado y mes, unos 615 € al mes para 70 m².
Tope según Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de febrero de 2026 (BOIB núm. 24). Es un máximo, no una estimación del precio real.
Calcular para otra superficieCómo funciona y qué pasa después
- 1Estar inscrito en el registro de solicitantesIr al registro →
- 2Presentar la solicitud de participación hasta el 15 de octubre de 2026 a las 01:59
- 3Listas provisionales de admitidos y periodo de alegaciones
- 4Sorteo ante notario. La fecha se publica en la web del registro
- 5Si sales elegido: acreditar los requisitos con documentación en 10 días hábiles y elegir vivienda por orden de sorteo
- 6Firma del contrato y entrega de llaves
- Salir en la lista no es tener la vivienda: hay que volver a acreditar los requisitos.
- Quien no resulte adjudicatario queda en lista de espera hasta la siguiente convocatoria similar (máximo dos años).
- Renunciar sin causa justificada supone la baja del registro y cinco años sin poder inscribirse.
¿Primera vez? Cómo se adjudican los pisos, explicado en la guía →
Dónde está
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Resultado orientativo. No es una resolución oficial.