Etapa 5 de 5: Firma y llaves
El decreto de vivienda de septiembre de 2026 (RDL 26/2026): qué cambiaba y qué se aplica hoy
5 min de lectura · nivel básico · revisada el 2 de octubre de 2026
¿Qué cambia el decreto de vivienda de 2026 para quien compra o alquila una VPO?
Nada de lo que anunciaba se aplica: el Congreso derogó el Real Decreto-ley 26/2026 el 2 de octubre de 2026. El IVA de una VPO nueva sigue igual: 4% en régimen especial o promoción pública, 10% en el resto. El préstamo TU CASA al 0% no existe, y el tope del 2% a la subida del alquiler tampoco.
En qué punto está
El Real Decreto-ley 26/2026 en el BOE. Leído en boe.es el 2-10-2026.
29-9-2026
- Qué pasó
- El Gobierno aprueba el Real Decreto-ley 26/2026, de medidas urgentes de vivienda
- Dónde consta
- Firma del decreto
30-9-2026
- Qué pasó
- Se publica en el BOE
- Dónde consta
- BOE núm. 241, BOE-A-2026-20266
1-10-2026
- Qué pasó
- Entra en vigor, salvo las medidas con fecha propia
- Dónde consta
- Disposición final undécima
2-10-2026
- Qué pasó
- El Congreso acuerda derogarlo y el BOE publica el acuerdo el mismo día
- Dónde consta
- BOE núm. 245, BOE-A-2026-20526
| Fecha | Qué pasó | Dónde consta |
|---|---|---|
| 29-9-2026 | El Gobierno aprueba el Real Decreto-ley 26/2026, de medidas urgentes de vivienda | Firma del decreto |
| 30-9-2026 | Se publica en el BOE | BOE núm. 241, BOE-A-2026-20266 |
| 1-10-2026 | Entra en vigor, salvo las medidas con fecha propia | Disposición final undécima |
| 2-10-2026 | El Congreso acuerda derogarlo y el BOE publica el acuerdo el mismo día | BOE núm. 245, BOE-A-2026-20526 |
Un real decreto-ley rige desde que se publica, pero el Congreso tiene que convalidarlo o derogarlo en 30 días (artículo 86.2 de la Constitución). Esta vez lo derogó. Las medidas que siguen solo volverían con una norma nueva, y entonces esta guía lo dirá con su fecha.
IVA de la VPO: sigue en el 4% o el 10%
El artículo 7, apartado Cuatro, reescribía el artículo 91.Dos.1.6.º de la Ley del IVA. Añadía al tipo del 4% «las viviendas protegidas sujetas a calificación permanente o indefinida», siempre que las vendiera su promotor. El cambio iba a aplicarse desde el 1 de diciembre de 2026, no desde la publicación.
Con la derogación, ese cambio no llega a aplicarse. Rige el texto de siempre: 4% para las VPO de régimen especial o de promoción pública que vende su promotor, y 10% para el resto de vivienda protegida nueva. La de segunda mano no paga IVA sino ITP, como antes. El detalle, con los artículos, está en la guía de IVA e ITP.
El préstamo TU CASA: lo que decía y por qué no puedes pedirlo
El artículo 19 creaba la línea TU CASA, gestionada por el ICO. Esto es lo que decía el BOE:
- Era para quien compra su primera vivienda habitual con hipoteca, como complemento del préstamo del banco (artículo 19, apartados 1 y 2).
- Financiaba la cantidad menor entre el 20% del valor de la vivienda hipotecada y 50.000 euros (apartado 3).
- Al 0% de interés y sin comisiones. El texto dice que se concederían «hasta 10 años», con una carencia igual al plazo de la hipoteca, y «por un máximo de 30 años» (apartado 3).
- Quién podía pedirlo, los límites y el dinero de la línea quedaban para un acuerdo posterior del Consejo de Ministros (apartado 4). El decreto no fijaba edad ni ingresos.
- La vivienda comprada con TU CASA quedaba sujeta para siempre a un precio máximo de venta: el de compra, actualizado con el IPC (apartado 9).
Con la derogación, TU CASA desaparece y ningún banco puede ofrecerlo. Sigue vigente el aval del ICO para la primera vivienda: una garantía del Estado, no un préstamo, sobre el tramo de la hipoteca que el banco no suele financiar, para jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a cargo.
Si vives de alquiler
Tres medidas tocaban a los inquilinos, también a los de una VPO de alquiler. Las tres caen con el decreto:
- Tope del 2% a la actualización de la renta (disposición final sexta). Para contratos que cumplieran su anualidad entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027: sin nuevo pacto, la subida no podía pasar del 2%, y no había subida si la renta ya superaba el índice de referencia. No se aplica.
- Prórroga extraordinaria (disposición final quinta). Hasta dos años más, por años, para contratos cuya prórroga terminara antes del 31 de diciembre de 2028, si estabas al corriente de pago los ocho meses anteriores. No se aplica.
- Desahucios (artículo 2). Hasta el 31 de diciembre de 2030, el juzgado suspendía el desahucio de una persona vulnerable sin alternativa de vivienda cuando demandaba una entidad que compra viviendas o deudas muy por debajo de su valor. En los demás casos, pedía antes un informe a la administración de vivienda y servicios sociales. No se aplica.
Otras medidas que también caen
- Límite a la compra de viviendas por entidades por menos del 70% de su valor de tasación, hasta el 31 de diciembre de 2028 (artículo 1).
- Una deducción en el IRPF por el alquiler de la vivienda habitual, con límites de renta (artículo 6).
- IVA del 10% para los pisos turísticos desde el 1 de diciembre de 2026 (artículo 7, apartados Uno y Dos).
- Cesión de inmuebles públicos a Casa 47, la entidad estatal de alquiler asequible (artículo 12).
Las convocatorias de Casa 47 y de cada comunidad no dependían de este decreto: siguen con sus plazos y sus bases.
Qué hacer ahora
- Si vas a comprar una VPO nueva: haz los números con el IVA de su calificación, 4% o 10%. Pide la calificación al promotor; la guía de costes te da el total que necesitas ahorrado.
- Si contabas con TU CASA para la entrada: no existe. Mira el aval del ICO y las ayudas de tu comunidad.
- Si estás en una convocatoria: nada cambia. Plazos, ingresos y requisitos son los de sus bases. Las que tienen plazo abierto están en convocatorias.
Ver si puedes pedir el aval del ICO
La ayuda a la entrada que sí está vigente: una garantía del Estado sobre hasta el 20% de la hipoteca de tu primera vivienda, con el tope de ingresos de tu provincia.
Ver si puedes pedir el aval del ICOPreguntas frecuentes
¿Está en vigor el decreto de vivienda de septiembre de 2026?
No. El Real Decreto-ley 26/2026 se publicó en el BOE el 30 de septiembre de 2026 y entró en vigor el 1 de octubre, pero el Congreso acordó derogarlo el 2 de octubre. El BOE publicó la derogación ese mismo día (BOE-A-2026-20526).
¿Hay IVA del 0% para menores de 35 años al comprar vivienda?
No. El texto del Real Decreto-ley 26/2026 en el BOE no lo recoge, y el decreto está derogado. Una VPO nueva paga el 4% si es de régimen especial o de promoción pública, y el 10% en el resto.
¿Puedo pedir el préstamo TU CASA del ICO?
No. Lo creaba el artículo 19 del decreto, que está derogado, y sus beneficiarios y límites ni siquiera llegaron a fijarse. Lo vigente es el aval del ICO para la primera vivienda, que se pide en el banco.
¿El IVA del 4% iba a valer para una VPO de segunda mano?
No. El cambio era para las entregas del promotor, es decir, vivienda nueva, y desde el 1 de diciembre de 2026. La compra de segunda mano paga ITP, el impuesto de tu comunidad, con o sin decreto.
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Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, BOE núm. 241 de 30-9-2026: arts. 1, 2, 6, 7, 12 y 19 y disposiciones finales 5.ª, 6.ª y 11.ª, leído el 2-10-2026 ↗
- Resolución de 2 de octubre de 2026, del Congreso de los Diputados: derogación del Real Decreto-ley 26/2026, BOE núm. 245, leída el 2-10-2026 ↗
- Resolución de 2 de octubre de 2026, del Congreso de los Diputados: derogación del Real Decreto-ley 27/2026, leída el 2-10-2026 ↗
- Ley 37/1992 del IVA, texto consolidado: art. 91.Dos.1.6.º, leído el 2-10-2026 ↗
Información orientativa, no asesoramiento jurídico. La norma aplicable es la de tu comunidad autónoma y la calificación concreta de la vivienda.